Las leyes internas ni ningún tratado internacional les confieren facultad a agencias extranjeras para interrogar a personas en el país, razón por lo que constituye una violación a la soberanía nacional, los interrogatorios que alegadamente realizan en la Fiscalía del Distrito Nacional autoridades de los Estados Unidos a los implicados en la red del boricua José David Figueroa Agosto, según opinó este viernes el abogado Julio Cury.
“Esa es una atribución exclusiva del Ministerio Público, que goza de autonomía funcional para realizar interrogatorios sujeto al principio de legalidad que exige el articulo 170 de la Constitución, y no sin antes haber determinado la existencia de pruebas suficientes que establezcan causa probable para creer que el delito denunciado haya sido cometido por la persona a quien se le está imputando”, sostuvo Cury.
Reconoció el derecho que le asiste a las naciones de investigar cualquier delito, pero no de hacer interrogatorios a personas en el país, en vista de que se trata de un derecho que solo compete al Ministerio Público.
“Está fuera de discusión el derecho que todo país tiene de indagar y procesar delitos cometidos por extranjeros en su territorio, pero sus autoridades no pueden arrogarse las atribuciones que nuestras leyes le reconocen de manera privativa al Ministerio Público para conducir las investigaciones e interrogar a toda persona sospechosa de haber cometido delitos”, manifestó Cury.
Dijo que de ser cierto que oficiales extranjeros interrogaron en el país a involucrados en caso Figueroa Agosto, constituiría un absurdo, dado que carecen de jurisdicción.
“No es posible que dominicanos sean interrogados en territorio nacional por oficiales públicos extranjeros, puesto que además de que carecen de jurisdicción territorial para hacerlo, contravendría el artículo 3 de la Constitución, que dispone que ninguno de los poderes públicos puede realizar o permitir la realización de actos que atenten contra las facultades que les son reconocidas, principio este que es declarado como norma invariable de la política internacional dominicana”, observó Cury.
El jurista recordó que el artículo 169 de la misma Carta Sustantiva establece que el Ministerio Público es el único órgano del sistema de justicia responsable de dirigir la investigación penal y defender el interés público tutelado por la ley.
UN APUNTE
Interrogan
El pasado miércoles, fiscales de los Estados Unidos se reunieron con el fiscal Alejandro Moscoso Segarra y luego con el imputado Eddy Brito, a quien habrían interrogado sobre los alegados nexos que tuvo con el boricua José David Figueroa Agosto. Luego se reunieron con los demás involucrados
“Esa es una atribución exclusiva del Ministerio Público, que goza de autonomía funcional para realizar interrogatorios sujeto al principio de legalidad que exige el articulo 170 de la Constitución, y no sin antes haber determinado la existencia de pruebas suficientes que establezcan causa probable para creer que el delito denunciado haya sido cometido por la persona a quien se le está imputando”, sostuvo Cury.
Reconoció el derecho que le asiste a las naciones de investigar cualquier delito, pero no de hacer interrogatorios a personas en el país, en vista de que se trata de un derecho que solo compete al Ministerio Público.
“Está fuera de discusión el derecho que todo país tiene de indagar y procesar delitos cometidos por extranjeros en su territorio, pero sus autoridades no pueden arrogarse las atribuciones que nuestras leyes le reconocen de manera privativa al Ministerio Público para conducir las investigaciones e interrogar a toda persona sospechosa de haber cometido delitos”, manifestó Cury.
Dijo que de ser cierto que oficiales extranjeros interrogaron en el país a involucrados en caso Figueroa Agosto, constituiría un absurdo, dado que carecen de jurisdicción.
“No es posible que dominicanos sean interrogados en territorio nacional por oficiales públicos extranjeros, puesto que además de que carecen de jurisdicción territorial para hacerlo, contravendría el artículo 3 de la Constitución, que dispone que ninguno de los poderes públicos puede realizar o permitir la realización de actos que atenten contra las facultades que les son reconocidas, principio este que es declarado como norma invariable de la política internacional dominicana”, observó Cury.
El jurista recordó que el artículo 169 de la misma Carta Sustantiva establece que el Ministerio Público es el único órgano del sistema de justicia responsable de dirigir la investigación penal y defender el interés público tutelado por la ley.
UN APUNTE
Interrogan
El pasado miércoles, fiscales de los Estados Unidos se reunieron con el fiscal Alejandro Moscoso Segarra y luego con el imputado Eddy Brito, a quien habrían interrogado sobre los alegados nexos que tuvo con el boricua José David Figueroa Agosto. Luego se reunieron con los demás involucrados